Congreso aprueba ley que prohíbe llamadas spam por ley

Congreso aprueba ley que prohíbe llamadas spam por ley


El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que prohíbe las molestas llamadas telefónicas por la cual diversas empresas ofrecen principalmente diversos servicios ofreciendo paquetes de megas de internet, así como ofertas de diversos productos; además la ley abarca a los mensajes de texto y correos electrónicos.

La medida aprobada por el Pleno del Congreso el 29 de abril, es la autógrafa que une los proyectos de ley 2942, 3131 y 3541, los cuales pretenden modificar la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, los cuales tienen el único objetivo de prohibir las molestas llamadas spam.

¿Qué dice la ley anti llamadas Spam?

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismo Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso, dio esta autógrafa aprobada por la representación nacional, la cual establece la prohibición de prácticas comerciales como “emplear centros de llamada (Call centers), sistemas de llamado telefónicos, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios”.

También prohíbe prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno, sin embargo, la medida establece una excepción, así la empresa puede enviar comunicación comercial o publicitaria al consumidor siempre y cuando este se contacte directamente con el proveedor y manifieste su consentimiento para ser contactado a través de un número telefónico.

La medida expresa que este consentimiento del consumidor debe ser previo e informado y autoriza no solo las llamadas telefónicas, sino los mensajes de texto al celular y al correo electrónico.

La norma aprobada por el Congreso también señala que este consentimiento puede ser revocado, con efecto inmediato y sin expresión de causa, es decir el usuario no está obligado a dar detalle del por qué ya no quiere recibir los mensajes y llamadas comerciales; así la empresa que no haga caso a esta prohibición o a su revocatoria por el usuario será considerada como una infracción muy grave y afrontará la sanción correspondiente.

Las empresas tendrán un número único

Con la finalidad de que los usuarios puedan reconocer a las llamadas Spam e identificar a la empresa que realiza la llamada, esta norma da un plazo de 60 días, después de promulgada en el diario oficial, al Poder Ejecutivo para establecer la normativa que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, por ello las empresas usaran solo esta numeración para realizar sus llamadas comerciales.

El Ejecutivo aplicará esta normativa garantizando las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas spam que reciben, así como los mecanismos de validación de la información trasmitida, es decir los usuarios tienen que estar seguros que están recibiendo llamadas de la misma empresa que les ofrece el producto.

Dina Boluarte no estuvo de acuerdo con esta ley

El 15 de julio del 2024, La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismo Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso recibió las observaciones formuladas por el gobierno de Dina Boluarte, por el cual no quiso publicar la autógrafa de la ley, que ya había sido aprobada el 13 de junio de ese mismo año.

Las observaciones del Ejecutivo se centran en que primeramente esta prohibición contraviene “el principio de coherencia normativa” centrándose en que el numeral 1 del artículo 28 de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, autoriza la primera llamada con los usuarios para preguntar si quieren o no los servicios de la empresa.

Entonces al aprobar la prohibición total de las llamadas comerciales se estaría atentando contra esta ley, por lo que habría una contradicción entre las leyes.

No hay números para asignar a empresas

La segunda observación del gobierno de Boluarte se centra en la crítica al otorgamiento de numeracion telefónica especial a los proveedores; así resalta que “la asignación de numeracion telefónica especial a terceros denominados «proveedores» podría afectar la eficiente asignación de dicho recurso, corriéndose el riesgo de no disponer de suficiente capacidad de numeración, al tratarse de un recurso escaso”.

Es decir, el Ejecutivo dice que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) no puede entregar la numeración única a las empresas de telecomunicaciones porque se puede acabar este recurso; sin embargo, son pocas las empresas de telecomunicaciones en el Perú y no tendría un gran impacto.

Por otro lado, el gobierno nacional critica a esta ley por encargar al Poder Ejecutivo emitir la normativa adicional para establecer los mecanismos de validación de la información transmitida, así afirma que la norma “no hace referencia a cuáles serán dichos mecanismos, lo cual genera incertidumbre para su posterior definición y desarrollo por parte del Poder Ejecutivo”.

 ¿Qué sigue?

Al haber sido aprobado por insistencia del Congreso, esta ley debe ser publicada en el Diario el Peruano, sin lugar a ninguna observación por parte del Ejecutivo, por ello es seguro que la medida sea promulgada en los siguientes días.

Síguenos también en nuestras redes sociales:    

Búscanos en FacebookTwitterInstagram y además en YouTubeÚnete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.



Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *