El 26 de febrero, la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo, integrante de Renovación Popular y pastora evangélica, presentó el Proyecto de Ley N.º 10342/2024-CR, que propone modificar el artículo 108-B del Código Penal para reemplazar el delito de feminicidio por el de “asesinato de pareja”. La iniciativa se encuentra actualmente en evaluación en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso.
Según la exposición de motivos, el proyecto busca “evitar la discriminación por sexo” y propone unificar el tratamiento penal del homicidio en contextos de pareja, tanto para hombres como para mujeres, en concordancia con el principio de igualdad ante la ley.
De aprobarse, la modificación implicaría un cambio sustancial respecto a la legislación vigente desde 2013, año en que se promulgó la Ley N.º 30068. Esta norma definió el feminicidio como una forma agravada de homicidio motivada por discriminación de género, estableciendo penas de hasta cadena perpetua.
La abogada constitucionalista Beatriz Ramírez explicó que la propuesta significaría un retorno a la normativa previa a 2013, cuando solo se reconocía el feminicidio si existía una relación conyugal o de convivencia.
“El proyecto de la congresista quiere regresarnos a los años 2011-2013. Del 2011 al 2013 no se sancionaba la discriminación, se sancionaba matar a tu pareja. En un montón de feminicidios no te mata tu pareja”, mencionó Ramírez.
Según cifras del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en lo que va del 2024 se han reportado 162 feminicidios en el país. El 53,09% de estos crímenes fueron cometidos por la pareja actual de la víctima, el 18,52 % por exparejas, el 8,64 % por conocidos, el 4,94 % por familiares y el 14,81 % por personas sin vínculo con la víctima. Esto indica que cerca del 30 % de los casos podrían quedar fuera de la propuesta legislativa al no involucrar una relación de pareja.
Clea Guerra, abogada del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, advirtió que el feminicidio contempla situaciones más amplias. “El feminicidio abarca supuestos que van más allá de la relación de pareja o expareja, incluyendo contextos de discriminación en distintos ámbitos, no solo el afectivo”, sostuvo.
Algunos casos emblemáticos como el de Eyvi Ágreda, quemada viva en un bus de transporte público en 2018, o el de Juana Mendoza, asesinada por el exnovio de su hermana, fueron considerados feminicidios bajo la normativa vigente. De acuerdo con especialistas, estos no habrían sido reconocidos como tales si se aplicara el enfoque legal propuesto.
La propuesta también generó pronunciamientos ciudadanos. El colectivo Familias por Justicia, que agrupa a familiares de víctimas de feminicidio, realizó un plantón frente al Congreso el pasado 5 de junio y entregó un petitorio rechazando el proyecto.
“Para nosotros esto significa un paso atrás en la lucha contra el feminicidio: menos protección para mujeres y niñas, y más impunidad para los agresores. Exigimos a los legisladores que prioricen los derechos de las mujeres y la erradicación de este delito”, expresó Katherine Flores, presidenta del colectivo.
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