En el Congreso se viene tramitando una iniciativa de ley que pretende cambiar la constitución para establecer la elección de jueces y fiscales supremos por voto popular; así con esta iniciativa se correría el riesgo de politizar el aparato judicial, lo que podría generar más conflictos dejando de lado la meritocracia.
Se trata del proyecto de ley No 11806, presentado por el congresista Américo Gonza Castillo, integrante de la bancada de Perú Libre, el cual propone “democratizar” el aparato de justicia peruano mediante un sistema de elección popular, el cual no permitiría necesariamente elegir a las personas más capacitadas para ese cargo.
¿Qué dice la propuesta?
La iniciativa de ley quiere modificar el artículo 31 de la Constitución, estableciendo como un derecho a participar en asuntos públicos; así como elegir a los jueces y fiscales supremos.
La reforma también tiene la intención de modificar el articulo 147 de la carta magna peruana para cambiar los requisitos para ser juez supremo, los cuales serán; 1) ser peruano de nacimiento, 2) ser ciudadano en ejercicio, 3) ser mayor de 45 años y menor de 75 años, 4) Haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por 15 años.
Otros requisitos que agrega también son; 5) los jueces supremos son elegidos por voto popular por un periodo de cinco años, no podrán ser reelegidos y 6) el proceso de elección es llevado a cabo por los órganos del Sistema Electoral.
Menos mérito y más política
Actualmente, para ser juez supremo se requiere; 1) ser peruano de nacimiento, 2) ser ciudadano en ejercicio, 3) ser mayor de 45 años y 4) haber sido magistrado de la Corte Superior o Fiscal Superior durante 10 años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante 15 años.
A primera vista se podría decir que, por haber extendido la cantidad de requisitos, la ley ya es mejor; sin embargo, esta afirmación es un grave error, ya que lo único que hace la reforma del congresista Américo Gonza es establecer un límite de años a los candidatos para ser magistrados; así como quitar el requisito de ser primero Fiscal Superior o magistrado de la Corte Superior.
En la Constitución se establece este requisito, a causa de que el Fiscal Superior o el magistrado de la Corte Superior es el nivel previo a la Suprema, es decir el magistrado de una de estas instancias está mejor capacitado que un abogado o un docente universitario para ser magistrado de Corte Suprema, ahí la razón de que se le exija solo 10 años y a los otros 15.
Por ello, la iniciativa del parlamentario atenta en la calidad de los futuros magistrados de la Corte Suprema, atentando contra la meritocracia y facilitando la elección de personas poco capacitas para el cargo y sobre todo porque el Presidente de la Corte Suprema lo es también del Poder Judicial (PJ), es decir se podría elegir por voto popular al siguiente presidente del PJ.
¿Qué pasa con los fiscales?
La reforma que plantea Américo Gonza establece también requisitos para elegir a los Fiscales Supremos, quienes se encargan de elegir al Fiscal de la Nación; así quien quiera ser fiscal supremo requerirá; ser peruano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio, ser mayor de 45 años y menor de 75 años y haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por 15 años.
De igual manera también se atenta contra la elección de fiscales competentes, ya que actualmente el articulo 39 de la Ley Orgánica del Ministerio Público señala que para ser Fiscal Supremo se requiere ser mayor de cincuenta años, haber sido Fiscal o Vocal de Corte Superior por no menos de 10 años o abogado en ejercicio o desempeñada cátedra universitaria en disciplina jurídica por no menos de 20 años.
Otro requisito fundamental y que ignora el parlamentario es, gozar de conducta intachable, públicamente reconocida, por lo que no cualquier abogado puede ser un Juez Supremo.
¿Se debe elegir a los jueces y fiscales por voto popular?
Diversos estudios académicos en materia señalan que no, por ejemplo, en el caso de México se advierte que, para una elección popular de jueces y fiscales, la ciudadanía debe tener conocimiento profundo de las funciones que realiza el Poder Judicial; así como de la trayectoria y la experiencia profesional del candidato al aparato de justicia.
Sin embargo, en una sociedad como el Perú, donde 82% de la población desconfía en el Poder Judicial y el 77% no confía en el Ministerio Público, se hace evidente que la ciudadanía no conoce las funciones de ambas instituciones y se dejan llevar por información que generaliza al aparato de justicia como una entidad corrupta, a causa de las acciones individuales de sus integrantes.
Es claro que, al no tener una sociedad con conocimiento profundo del sistema de justicia, no se puede pensar en que los mismos elijan por voto popular a los jueces y fiscales, ya que se dejarían llevar por aspectos subjetivos que no corresponden al trabajo que deben realizar.
Nota:
Este artículo se escribió en base al documento oficial del Proyecto de Ley N° 11806, la Constitución Política del Perú, del reglamento del Ministerio Público y de un artículo académico.
Enlace 1: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MzA1NzU4/pdf
Enlace 2: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/obtenerDocumento?idNorma=1
Enlace 3: https://www.mpfn.gob.pe/ley_organica_mpfn/
Enlace 4: https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S1870-39252024000100122&script=sci_arttext
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