El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de amparo presentada por la expresidente Dina Boluarte contra el Congreso de la República, mediante la cual busca la nulidad de la vacancia por permanente incapacidad moral aprobada en su contra y cuestiona el procedimiento parlamentario que derivó en su salida del cargo.
Según la resolución emitida por la Primera Sala en lo Constitucional de Lima, el tribunal declaró procedente la demanda y programó la audiencia única para el 12 de marzo de 2026. Asimismo, otorgó al Congreso un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación oficial, para que presente su contestación.
En el recurso constitucional, la exmandataria sostiene que durante el trámite de las mociones de vacancia se vulneraron sus derechos fundamentales, particularmente el derecho a la defensa y al debido proceso. De acuerdo con lo expuesto, las iniciativas parlamentarias habrían sido presentadas, admitidas y aprobadas en un periodo menor a 24 horas, lo que, según el planteamiento, habría limitado la posibilidad de responder adecuadamente a los cuestionamientos.
La demanda también cuestiona la aplicación de la causal de permanente incapacidad moral, al señalar que no se precisó en qué consistía dicha imputación ni se sustentó con elementos objetivos que respalden la decisión del Parlamento.
No obstante, incluso si la Sala Constitucional emite una sentencia favorable tras la audiencia programada, ello no implicaría una restitución inmediata en el cargo. Esto se debe a que la Ley N.° 32153, que modificó el Nuevo Código Procesal Constitucional, establece que no procede la ejecución inmediata ni la aplicación de medidas cautelares en procesos de amparo contra decisiones del Congreso.
En ese escenario, cualquier fallo que declare nula la vacancia solo podría ejecutarse tras una decisión de la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, instancia encargada de resolver una eventual apelación. Debido a la carga procesal existente, una resolución definitiva podría tardar alrededor de un año, lo que coincidiría con el término del periodo constitucional 2021-2026.
Ante esa posibilidad, la defensa legal de Boluarte solicitó que, de emitirse una sentencia luego del fin del mandato presidencial, se declare nula la calificación de permanente incapacidad moral, al considerar que esta habría afectado su honor y reputación ante la opinión pública.
El proceso constitucional continuará conforme a los plazos establecidos, mientras el debate jurídico se traslada al ámbito judicial y queda pendiente de una eventual decisión en instancias superiores.
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