Chirinos propone ley para que “Porky” postule en el 2026

Chirinos propone ley para que “Porky” postule en el 2026


Actualmente los alcaldes y gobernadores no pueden participar en las Elecciones Generales a menos que renuncien al cargo previamente y lo mismo se aplica para las Elecciones Regionales y Municipales, por lo que con la actual ley no pueden reelegirse; sin embargo, esto no le gusta a la congresista Patricia Chirinos y ya viene tramitando una ley en el Congreso para que estos puedan postular sin dejar el cargo, solo pidiendo licencia. Entre los beneficiados está el líder de su partido, Rafael López Aliaga.

Se trata del proyecto de ley No 12058, presentado por la congresista Patricia Chirinos del partido Renovación Popular, el mismo cuyo líder es Rafael López Aliaga “Porky”, por tanto, este se vería beneficiado con la medida que pretende cambiar las leyes electorales.

¿Qué quiere hacer?

La propuesta de Chirinos pretende cambiar el artículo 8 de la Ley No 26864, Ley de Elecciones Municipales, respecto Impedimentos para postular, en los siguientes términos:

8.2 Salvo que renuncien sesenta días antes de la fecha de las elecciones: […] Los alcaldes provinciales y distritales que postulen deben solicitar licencia sin goce de haber por un plazo no menor de sesenta (60) días calendario antes de la fecha de la elección.

También señala que “El Concejo Municipal está obligado a concederla. La falta de solicitud de licencia constituirá causal de improcedencia de la inscripción de la candidatura”.

Con esto los alcaldes que quieran participar en las Elecciones del 2026, solamente tendrán que solicitar licencia sin goce de haber (no recibirán su sueldo) por 60 días antes de la fecha de los comicios y el Concejo Municipal está obligado a autorizarle la licencia.

¿Cómo es actualmente?

La Ley de Elecciones Municipales (Ley 26864), establece en su Artículo 8 que “no pueden ser candidatos en las elecciones municipales, salvo que renuncien sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones”.

Esto comprende a los Ministros de Estado, el Contralor General de la República, el Defensor del Pueblo, los Prefectos, Subprefectos, Gobernadores y Tenientes Gobernadores; también se aplica a los Miembros del Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional.

Igualmente se refiere a los magistrados de la Junta Nacional de Justicia (antes Consejo Nacional de la Magistratura) y para los integrantes organismos integrantes del Sistema Electoral; así como los Presidentes de los Consejos Transitorios de Administración Regional; Los Jefes de los Organismos Públicos Descentralizados y los Directores de las empresas del Estado.

Por tanto, los alcaldes que quieran participar en las Elecciones Regionales y Municipales del 2026, deben renunciar al cargo 2 meses antes de las elecciones, ósea se retiran del cargo y ya no pueden volver.

Tampoco pueden ser reelectos, por el momento, ya que el 4 de junio el Congreso aprobó la reforma constitucional para reelegir a alcaldes y gobernadores regionales no alcanzó los 87 votos a favor; el mismo que está pendiente de segunda votación.

No pueden postular a la presidencia

Resolución N° 0110-2025-JNE del Jurado Nacional de Elecciones señala que “De conformidad con los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, para postular a presidente o vicepresidente de la República, senador o diputado del Congreso de la República, los gobernadores y vicegobernadores regionales, así como los alcaldes deben renunciar al cargo seis meses antes de la elección ordinaria respectiva”.

Por tanto, también, es necesario que los alcaldes y gobernadores renuncien al cargo si quieren ser candidatos a la presidencia del Perú, pero deben hacer 6 meses antes de las elecciones.

PL 12058: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MzE0OTU1/pdf

Ley ° 26864: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/255533/229360_file20181218-16260-1b5vv6f.pdf?v=1545182396

Resolución No 0110-2025-JNE: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2383628-1

Ley de la reelección de gobernadores y vicegobernadores regionales: https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/reforma-constitucional-para-reeleccion-de-alcaldes-y-gobernadores-regionales-no-alcanzo-los-87-votos/

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